"El billete o fracciones de billete de la Lotería Nacional de Beneficencia es un PAGARÉ AL PORTADOR que no puede ser reemplazado por otro documento. Si se extraviara o se destruyera, o por cualquier motivo queda deteriorado de tal manera que no fuera posible identificarlo o no es presentado físicamente a la Lotería, lo perderá el poseedor aunque resulte premiado. El derecho a percibir los premios caducará al año de verificarse los Sorteos correspondientes". Artículo 31, Decreto de Gabinete N°224 de 1969. Autorizado por Junta Directiva de la Lotería Nacional de Beneficencia, mediante Resolución N°90-15 del 11 de Septiembre de 1990. Al anterior Plan de Premios debe sumarse los incentivos aprobados mediante Resolución No 2007-17 de 25 de septiembre de 2007 y por la Resolución No 54 del 15 de noviembre de 2007. Ver detalles. PREMIOS MAYORES
DERIVACIONES DEL PRIMER PREMIO
DERIVACIONES DEL SEGUNDO PREMIO
DERIVACIONES DEL TERCER PREMIO
1,317 PREMIOS El valor de la emisión es de B/. 2,850,000.00. El precio de un Billete Entero B/.285.00 El precio de una Fracción B/.1.00 ABRIL 2008 Los billetes premiados con la última cifra de las dos primeras y las dos últimas cifras se derivarán únicamente del premio mayor. El premio mayor y los premios 2° y 3°, se sortearán separadamente, los premios se derivarán de los premios mayor, segundo y tercero. En el caso de que un billete resultara agraciado con distintos premios, el poseedor de ese billete tiene derecho a que le sean pagados los premios con que resulte agraciado. SORTEO QUE HA DE CELEBRARSE EN LA REPUBLICA DE PANAMÁ
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